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¿Qué ocurre con los pasaportes de producto existentes si mi empresa es adquirida

El pasaporte permanece, la obligación se traslada con él

Un cambio de titularidad empresarial no altera el pasaporte del producto en sí: el pasaporte sigue vinculado al neumático para el que fue creado, sigue siendo accesible a través del portador de datos QR, y sigue siendo alojado durante los diez años previstos para ello. Lo que sí cambia es quién es responsable del mismo. Las obligaciones que acompañan a la comercialización de un neumático —datos correctos, disponibilidad del pasaporte, actualización cuando sea necesario— recaen sobre la parte que, de conformidad con la ESPR, se considera fabricante o importador. En caso de cambio de titularidad, esa función se traslada a la parte adquirente en el momento en que esa parte asume los derechos y obligaciones de la empresa adquirida.

Lo que se traspasa y lo que no cambia automáticamente

Esta cuestión es especialmente relevante en tres tipos de cambios de titularidad: la adquisición de acciones (la persona jurídica se mantiene, solo cambia el propietario), la adquisición de activos (marcas, existencias y contratos se transfieren a otra persona jurídica), y la fusión (dos empresas se convierten en una). En el primer caso, desde el punto de vista jurídico hay pocos cambios en las obligaciones en sí: la persona jurídica designada como fabricante o importador sigue siendo la misma. En el segundo y tercer caso, la obligación se transfiere a otra entidad jurídica, y este es precisamente el momento en que se requiere diligencia: la nueva entidad debe ser consciente de que a partir de entonces es la parte que, de conformidad con el artículo 27 de la ESPR (Reglamento (UE) 2024/1781), asume las obligaciones del fabricante, incluso si el pasaporte fue elaborado en su día por la empresa original.

Esto se aplica al pasaporte y a los datos contenidos en el mismo. No se aplica a cuestiones relativas a la propiedad intelectual, obligaciones de garantía hacia los clientes finales o aspectos fiscales del cambio de titularidad —se trata de trayectorias separadas que están relacionadas con el cambio de titularidad en sí, no con el pasaporte del producto. Asimismo, el mecanismo descrito se aplica específicamente a la función de fabricante o importador; quien se pregunte si esa función es aplicable a su propio negocio, encontrará la base para ello en quién es responsable del pasaporte digital del producto de neumáticos y en soy importador o fabricante según la ESPR.

A partir de cuándo esto es relevante

La obligación de disponer de un pasaporte digital del producto para neumáticos se deriva de la ESPR, pero la fecha exacta en que esta obligación entra en vigor para los neumáticos aún no está fijada. El plan de trabajo de la Comisión Europea para 2025-2030 menciona una acción delegada esperada para neumáticos en 2027; una vez que se publique esa acción, aquí se indicará la fecha definitiva. Hasta entonces, un cambio de titularidad no afecta al pasaporte, simplemente porque la propia obligación aún no ha entrado en vigor. Lo que sí es relevante ahora: quien adquiera o contemple la adquisición de un negocio de neumáticos, debe asegurarse de que en la documentación del cambio de titularidad conste quién será considerado fabricante o importador en el sentido de la ESPR después del cambio de titularidad, para evitar que esta cuestión se resuelva posteriormente, cuando el pasaporte sea obligatorio.

Cómo averiguarlo en la práctica

Quien se enfrenta a una adquisición próxima o reciente debe determinar primero qué forma de adquisición es — compra de acciones, adquisición de activos o fusión — porque eso determina si la obligación permanece automáticamente en la misma persona jurídica u obligatoriamente pasa a otra entidad. A continuación, es necesario inventariar qué pasaportes de productos ya existen o están en preparación, y dónde reposan la documentación técnica subyacente y los datos: en el propio fabricante, en un importador, o en un proveedor de servicios que aloja el pasaporte en nombre de la empresa. Seguidamente, es práctico documentar quién será después de la adquisición el punto de contacto para los datos en el registro de pasaportes de productos digitales mencionado en el artículo 13 de la ESPR (Reglamento (UE) 2024/1781) — ese registro contiene una referencia a la parte responsable, y esa referencia debe ser correcta. Si la adquisición también significa que los productos se comercializarán en lo sucesivo bajo una marca diferente, es un tema venta bajo marca propia relevante, porque un cambio de marca conlleva un conjunto separado de obligaciones además de la propia adquisición. Finalmente, es aconsejable incluir explícitamente en el contrato de adquisición los acuerdos sobre la continuidad del pasaporte — quién paga el alojamiento, quién gestiona el portador de datos QR, quién corrige los datos si hay motivo para ello — para que esto no se convierta en un problema solo cuando una autoridad de supervisión o un cliente lo pregunta.

De donde se deduce esto: artículos 9, 10 y 27 de la ESPR

La base del pasaporte de producto digital en sí está en el artículo 9 de la ESPR (Reglamento (UE) 2024/1781), los requisitos sustantivos que debe cumplir el pasaporte están en el artículo 10. Quien asume las obligaciones asociadas al pasaporte — mantener disponibles los datos correctos, asegurar que el pasaporte acompaña al neumático — está regulado en el artículo 27, que describe las obligaciones de los fabricantes. Dado que esas obligaciones están vinculadas a la función de fabricante o importador y no a una persona física o jurídica fija durante diez años, la obligación se desplaza cuando esa función se transfiere a otra entidad a través de una adquisición. El registro mencionado en el artículo 13 es el lugar donde se establece ese vínculo entre el producto y la parte responsable, y por lo tanto también el lugar donde un cambio después de una adquisición debe hacerse visible.

Quien en este momento está preparando una adquisición haría bien en incluir este tema en el proceso normal de due diligence: verificar qué función tiene la empresa a adquirir según la ESPR, qué pasaportes ya están en funcionamiento o en preparación, y documentar esto en la documentación de adquisición — aunque la fecha de entrada en vigor exacta para neumáticos aún no esté establecida.

Lo que debe hacer concretamente

Lo que se espera de usted

Una adquisición empresarial a menudo solo cambia sobre el papel al propietario de las acciones o los activos. Pero la pregunta que surge entonces — qué sucede con los pasaportes de productos que ya se han publicado — toca algo que la ESPR sí regula: quién es responsable de los datos en el pasaporte, y no quién es el propietario de la empresa. Esa distinción es el núcleo de esta profundización.

La responsabilidad de los datos permanece donde la ESPR la establece

El artículo 27 del ESPR (Reglamento (UE) 2024/1781) establece obligaciones para el fabricante: debe garantizar que el pasaporte de producto digital sea correcto, actualizado y permanezca disponible. Una adquisición no cambia automáticamente ese punto de referencia jurídico. Si la empresa A ha puesto neumáticos en el mercado y la empresa B adquiere la empresa A, la pregunta "quién era el fabricante según el ESPR" sigue existiendo — aunque la empresa A sea ahora una filial de la empresa B, o se haya fusionado con la empresa B. Para una empresa de 10 a 100 empleados, esto significa en la práctica: en la adquisición, alguien debe investigar qué entidad según la definición del ESPR era el fabricante o importador, y si ese rol después de la adquisición corresponde a otra persona jurídica. Esta no es automáticamente la misma pregunta que "quién firma ahora el estado financiero". Quién es exactamente fabricante o importador se describe en la página ¿Soy importador o fabricante según la ESPR?.

El pasaporte debe seguir siendo consultable, incluso después de la adquisición

El artículo 10 del ESPR describe los requisitos para el pasaporte de producto digital, incluido que los datos deben seguir siendo accesibles para quienes tengan derecho a ello — piense en autoridades de vigilancia, socios comerciales y el usuario final que escanea el código QR. Para una parte adquirente, esto significa que el vínculo técnico entre el producto y el pasaporte (el portador de datos, el alojamiento, el registro de datos subyacente) debe mantenerse intacto, incluso si el nombre de la empresa cambia o la entidad jurídica se fusiona. Una empresa que hace alojar pasaportes a través de una plataforma como tyrepas.eu debe, en caso de adquisición, verificar si el contrato de alojamiento, los derechos de acceso y el vínculo con la marca o los números de artículo se transfieren al nuevo propietario — o si es necesaria una transferencia de la gestión.

El registro sigue siendo el lugar de consulta, independientemente de la estructura empresarial

El artículo 13 del ESPR describe el registro de pasaportes de producto digital. Este registro vincula pasaportes a productos, no a la estructura de accionistas de una empresa. En una adquisición, por lo tanto, nada cambia en la capacidad de encontrar pasaportes existentes en el registro mismo — permanecen registrados como estaban. Lo que puede cambiar es quién está autorizado para modificarlos o complementarlos: esto depende de quién, después de la adquisición, cumple el rol de fabricante o importador, y si ese rol ha sido formalmente transferido.

La nueva producción después de la adquisición está sujeta a la nueva estructura

El artículo 9 del ESPR describe cuándo es obligatorio un pasaporte de producto digital al poner un producto en el mercado. Para los neumáticos que se pongan en el mercado después de la adquisición, la pregunta "quién es ahora el fabricante" surge de nuevo y con urgencia: si la parte adquirente, por ejemplo, comienza a vender bajo una marca comercial diferente, esto puede tener implicaciones para la pregunta de quién es responsable. Esto también afecta a las empresas que venden bajo marca propia — véase Vendo neumáticos bajo mi propia marca — ¿qué obligaciones tengo? para el contexto de esto.

Dónde las cosas salen mal en la práctica

Varias situaciones se repiten en la práctica más de lo que cabría esperar.

En una fusión en la que la empresa adquirida deja de existir como persona jurídica, a veces desaparece también la parte que según el registro anterior era "fabricante" — sin que nadie haya documentado quién asume ese rol. El pasaporte permanece entonces técnicamente en línea, pero nadie es responsable del contenido.

En una transacción de activos (solo se adquieren las actividades empresariales y el inventario, no la persona jurídica) la gestión del pasaporte a menudo no se transfiere automáticamente, porque no es un "activo" en el sentido clásico — a menudo se encuentra en un contrato separado con un proveedor de servicios de datos que no aparece estándar en el balance o en los documentos de adquisición.

En cambio de marca después de la adquisición — el nuevo propietario vende los neumáticos en adelante bajo una marca diferente o propia — surge incertidumbre sobre si los pasaportes existentes siguen siendo correctos, o si en realidad se necesitan nuevos pasaportes porque el "producto" en el sentido de la regulación ha cambiado.

En una adquisición de un importador fuera de la estructura estándar de la UE a menudo se olvida que la pregunta "quién gestiona el pasaporte" ya se planteaba anteriormente y debe responderse nuevamente después de la adquisición; véase también Mi fabricante está fuera de la Unión Europea — ¿entonces quién se encarga del pasaporte de producto?.

En una adquisición sin transferencia del acceso de hosting el nuevo propietario pierde efectivamente la clave de la plataforma donde se gestionan los pasaportes, mientras que la responsabilidad legal de la exactitud de los datos sí se transfiere. Quién es responsable si se descubre un error en los datos es una pregunta que a menudo se formula demasiado tarde — el trasfondo de esto se encuentra en ¿Quién es responsable si hay un error en los datos del pasaporte de producto.

Lo que puede registrar

En caso de adquisición, es aconsejable aclarar explícitamente una serie de cuestiones, independientemente de la documentación de adquisición habitual:

  • Un resumen de qué pasaportes de producto están vinculados a la empresa a adquirir, con referencia al registro mencionado en el artículo 13 del ESPR.
  • Un acuerdo de transferencia sobre la gestión del entorno de hosting o de la plataforma donde técnicamente se encuentran los pasaportes, incluidas las credenciales de acceso y personas de contacto.
  • Un registro de quién después de la adquisición actúa como fabricante o importador en el sentido del artículo 27 del ESPR, y si es la entidad adquirente o la adquirida.
  • Acuerdos sobre quién sigue verificando la exactitud de los datos existentes durante el período de transición, especialmente si temporalmente coexisten dos nombres de empresa.
  • En caso de cambio de marca o estructura de ventas: una evaluación de si los pasaportes existentes siguen siendo válidos, o si hay razón para revisarlos.

Quién dude de si su propia situación está sujeta a la obligación del pasaporte de producto — por ejemplo, porque la empresa adquirida vende a través de un marketplace — puede verificarlo a través de ¿Qué significa el pasaporte de producto si vendo neumáticos a través de un mercado en línea? o, para la pregunta básica, ¿Se aplica la pasaporte digital de productos a mis neumáticos?.

Esto no es asesoramiento legal. Esta página proporciona información general sobre la normativa de la que trata esta plataforma. No conocemos su situación. En caso de duda sobre su caso, consulte a un abogado o a la autoridad supervisora competente.

Redactado con IA basándose en las fuentes anteriores, revisado por una persona el 2026-09-05. ¿Hay algo que no sea correcto? Háganoslo saber — las correcciones tienen prioridad.