¿Quién puede ver qué datos del pasaporte de producto?
El acceso al pasaporte se estructura en capas, no todo es para todos
Qué datos del pasaporte digital del producto puede consultar cada persona depende del tipo de dato y de la función de quien consulta. El ESPR no funciona con un único pasaporte público en el que todos ven la misma información, sino con un sistema por capas: algunos datos son accesibles para todos cuando alguien escanea el código QR, otros datos solo son visibles para partes con un interés demostrable, como reparadores, operadores de mercado más adelante en la cadena, o autoridades de supervisión y aduanales. Qué datos se incluyen en qué capa se establece por grupo de productos. Para los neumáticos esta distribución aún no está establecida, porque el acto delegado que lo concreta para los neumáticos aún no se ha publicado.
Para los neumáticos aplica el marco general, no todos los detalles
Los artículos 10 y 11 del ESPR describen el sistema general: que se hace distinción entre el público en general y partes con un interés específico, y que el diseño técnico del pasaporte debe poder respaldar esta distinción. Este marco aplica a todos los grupos de productos que quedan dentro del pasaporte digital del producto, por tanto también para los neumáticos. Lo que aún no se desprende de estos artículos es la distribución exacta para los neumáticos mismos: qué dato — por ejemplo el coeficiente de resistencia a la rodadura, el año de fabricación, datos sobre materias primas, o información de reparación y mantenimiento — entra en la capa pública y qué dato se limita a partes específicas. Esta concreción está reservada al acto delegado específico del producto para los neumáticos. Este artículo trata por tanto de la distinción ya existente entre niveles de acceso en el ESPR, no de una matriz de acceso lista para los neumáticos.
La fecha aún no está establecida, el marco sí
Aún no hay una fecha fija en la que las reglas de acceso para el pasaporte de neumáticos se concreten. Según el plan de trabajo del ESPR para el período 2025-2030, se espera el acto delegado para los neumáticos en 2027; se espera que las primeras obligaciones para los pasaportes de neumáticos sean alrededor de 2029. Ambas fechas son indicaciones del plan de trabajo, no una obligación establecida. Hasta que no se publique el acto delegado para los neumáticos, no existe una distribución legalmente establecida de datos sobre niveles de acceso para los neumáticos. Lo que sí está establecido es el sistema subyacente de los artículos 10 y 11 del ESPR: un pasaporte con acceso diferenciado, respaldado por un diseño técnico que hace posible esta distinción. Una vez que se publique el acto delegado para los neumáticos, la distribución de datos de neumáticos se concretará aquí.
Qué puede hacer ahora un importador o mayorista con esto
Para quien ya se enfrenta a pasaportes de neumáticos o se prepara para ellos, es útil hacer ya una distinción entre tipos de datos que figuran en la propia administración: datos que por su naturaleza parecen destinados a todos (como características de producto que ya figuran en la etiqueta), y datos que son más bien relevantes para un círculo limitado (como datos detallados de composición, informes de prueba, o datos que tocan información confidencial comercial). Esta distribución no tiene que ser definitiva aún, pero ayuda a poder cambiar rápidamente cuando el acto delegado para los neumáticos aclare qué capa corresponde a cada dato. Además es práctico pensar quién dentro de la propia organización o cadena proporciona qué datos, y cómo ese suministro se alinea con un sistema de diferentes niveles de acceso — esto es algo diferente de la etiqueta actual, donde toda la información es igualmente visible para todos. Por último, seguir la publicación del acto delegado para los neumáticos es el paso más concreto: solo entonces será visible qué datos serán en el futuro para el público en general y cuáles para partes específicas como supervisores, aduanas o usuarios profesionales en la cadena.
En qué se basa esto: artículos 10 y 11 ESPR
La distinción entre el acceso para el público en general y el acceso para las partes con un interés específico se desprende del artículo 10 del Reglamento (UE) 2024/1781 (ESPR), que describe los requisitos del pasaporte de producto digital. El artículo 11 del mismo reglamento describe el diseño técnico y el funcionamiento del pasaporte, incluyendo la manera en que el sistema debe poder facilitar diferentes derechos de acceso. Qué datos específicos de neumáticos caen en cada capa se establecerá en el acto delegado específico del producto para neumáticos aún por publicar, que según el plan de trabajo ESPR 2025-2030 se espera en 2027.
Qué hacer ahora
Quién gestiona datos de neumáticos puede ahora empezar a cartografiar qué datos existen, y clasificarlos de manera provisional según su grado de sensibilidad, sin llegar aún a conclusiones definitivas al respecto. El seguimiento de la publicación del acto delegado para neumáticos —a través de fuentes oficiales de la UE— es la manera de saber a tiempo qué datos serán públicos y cuáles permanecerán con acceso limitado.
En qué se basa
- Reglamento (UE) 2024/1781 (ESPR), artículo 10 (requisitos del pasaporte digital del producto)
- Reglamento (UE) 2024/1781 (ESPR), artículo 11 (diseño técnico y funcionamiento del pasaporte de producto digital)
El reglamento en sí está disponible en EUR-Lex. Nos referimos a cada afirmación; no tiene que creernos.
Lo que debe hacer concretamente
Lo que se espera de usted
El pasaporte de producto no es un bloque único de datos que todos ven en la misma forma. La ESPR distingue entre quién puede consultar qué capa de la información, y esa distinción es precisamente donde las empresas tropiezan en la práctica. El artículo 10 de la ESPR (Reglamento (UE) 2024/1781) determina qué datos deben ser accesibles y para quién, y el artículo 11 de la ESPR (Reglamento (UE) 2024/1781) regula cómo ese acceso se establece técnicamente mediante el soporte de datos y el sistema de registro subyacente.
Distinguir entre acceso público y acceso restringido
Parte de los datos en el pasaporte está destinada a cualquiera que escanee el código QR: el usuario final, el taller, el comprador particular. Otra parte está destinada a partes con un papel específico en la cadena, como las autoridades de vigilancia del mercado o aduanas. Para un importador de neumáticos o un distribuidor mayorista, esto significa que no todo lo que se suministra es automáticamente visible públicamente. Qué categoría corresponde exactamente a qué público depende del acto delegado para neumáticos que debe especificar el grupo de productos. Una empresa de 10 a 100 empleados hace bien en señalar al suministrar datos a un servicio de pasaporte qué campos están destinados como públicos y cuáles como restringidos, en lugar de aclarar esto posteriormente.
Garantizar que la parte correcta acceda a la capa correcta
El artículo 11 de la ESPR (Reglamento (UE) 2024/1781) describe que el diseño técnico del pasaporte debe permitir el acceso por capas: el código QR en el neumático conduce a un nivel básico, mientras que las autoridades de vigilancia y otras partes autorizadas pueden acceder a datos más detallados a través de otra ruta de acceso. Para un importador, esto significa que la elección de un servicio de pasaporte es también una elección sobre cómo se establece técnicamente ese acceso por capas. Un servicio que coloca todos los datos sin estructurar detrás de un único código QR no cumple lo que el artículo 11 pretende, y ese riesgo recae en última instancia en la parte responsable del pasaporte, no solo en el proveedor de servicios.
Proteger la información sensible para la empresa sin eludir la obligación
Parte de los datos que suministra un fabricante o importador puede ser sensible desde el punto de vista comercial: composiciones, métodos de ensayo, relaciones con proveedores. El artículo 10 de la ESPR (Reglamento (UE) 2024/1781) reconoce que no toda la información subyacente tiene que ser pública, pero eso no exime a una empresa de la obligación de suministrar correctamente los datos que sí están destinados al público o a la autoridad de vigilancia. Qué puede y qué no puede tratarse como sensible para la empresa, y cómo se relaciona con la obligación de compartir datos, se trata más ampliamente en la página sobre si los datos sensibles para la empresa sobre neumáticos deben hacerse públicos.
Hacer que el acceso se ajuste a lo que realmente contiene el pasaporte
La pregunta sobre quién puede ver qué datos está inevitablemente ligada a la pregunta sobre qué datos contiene el pasaporte en primer lugar. Una empresa que aún debe determinar qué campos son obligatorios para neumáticos, hace bien en obtener primero esa visión clara a través de la página sobre qué datos se incluyen en el pasaporte de producto para neumáticos, antes de establecer una estructura de acceso que no se ajuste a ello.
Dónde las cosas salen mal en la práctica
Un distribuidor mayorista hace que un servicio de pasaporte establezca todos los datos suministrados como públicos por defecto, incluyendo resultados de pruebas internas que no estaban destinados al usuario final, porque nadie había indicado de antemano qué campos debían permanecer restringidos.
Un importador asume que la vigilancia del mercado accede a través del mismo código QR que el consumidor, y por lo tanto no establece una ruta de acceso separada —con el resultado de que un control se retrasa porque la autoridad de vigilancia no puede acceder a la documentación técnica subyacente.
Una empresa confunde la distinción entre "quién puede leer el pasaporte" y "quién puede modificar el pasaporte", y otorga a una parte externa derechos de lectura que accidentalmente también incluyen derechos de escritura, con riesgo de modificaciones no autorizadas.
Un gestor de flota recibe de un proveedor solo un enlace genérico al pasaporte, sin que quede claro qué parte de la información está destinada específicamente al usuario del neumático y qué parte a la supervisión — generando confusión sobre lo que es relevante para el mantenimiento y la sustitución.
Un fabricante trata la composición del caucho como completamente pública porque figura en el pasaporte, sin investigar si ese campo específico puede estar bajo una categoría de acceso limitado; quien desee investigar esto encontrará más información en la página sobre qué datos sobre la composición del caucho deben registrarse.
Lo que puede registrar
- Un resumen de qué campos en el pasaporte son accesibles al público y cuáles están bajo acceso limitado, coordinado con el servicio de pasaporte al enviar datos.
- Un acuerdo interno sobre quién dentro de la empresa tiene qué derechos: leer, enviar o modificar datos en el pasaporte.
- Documentación sobre cómo el servicio de pasaporte elegido ha configurado técnicamente el acceso escalonado, para poder demostrarlo en caso de inspección.
- Un resumen de qué datos han sido marcados como sensibles para la empresa y en qué consideración se basó esa decisión.
- Un procedimiento establecido sobre qué sucede si los datos deben ajustarse después de la publicación, incluyendo quién tiene acceso para ello — más información al respecto está en la página sobre si los datos pueden ajustarse después de que el pasaporte del producto ya ha sido publicado.
- Un punto de contacto dentro de la empresa que pueda responder preguntas de los supervisores sobre acceso a capas de datos específicas.
Cuando se publique el acto delegado para neumáticos, probablemente especificará más claramente qué categorías de datos son públicas y cuáles limitadas, y qué partes exactamente forman parte del grupo con acceso ampliado. Hasta entonces, registrar las propias decisiones y su justificación es lo más concreto que puede hacer una empresa.
Esto no es asesoramiento legal. Esta página proporciona información general sobre la normativa de la que trata esta plataforma. No conocemos su situación. En caso de duda sobre su caso, consulte a un abogado o a la autoridad supervisora competente.
Escrito con IA sobre la base de las fuentes anteriores, revisado por una persona en 2026-08-22. ¿Hay algo que no sea correcto? Háganoslo saber — las correcciones tienen prioridad.