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¿Cómo asigno a cada producto un código de identificación único?

Cada producto recibe un código único, vinculado al código QR

El código de identificación único es la característica mediante la cual un producto específico (o un lote específico) se vincula de forma indisoluble a su pasaporte digital de producto. El artículo 12 del ESPR (Reglamento (UE) 2024/1781) establece que un producto que esté sujeto a un pasaporte digital de producto debe estar provisto de un código de identificación único y, si procede, también de un código de identificación para el operador económico y para la ubicación de producción. Ese código garantiza que un inspector, el siguiente eslabón en la cadena o el usuario final, a través del soporte de datos en el producto — el código QR, regulado en el artículo 11 — siempre llegue a los datos correctos y actualizados del pasaporte, y no a los de otro modelo o lote diferente.

Para el neumático, no para el número DOT existente

Esta obligación de identificación se aplica a los productos que caen dentro de un grupo de productos para el que la Comisión Europea ha establecido un pasaporte digital de producto mediante un acto delegado. En el caso de los neumáticos, aún no es así: todavía no se ha publicado un acto delegado que designe específicamente los neumáticos como grupo de productos. El código de identificación único del artículo 12 solo entra en juego una vez que ese acto esté disponible e indique qué productos dentro del sector de los neumáticos le están sujetos. También es importante lo que el código no sustituye: los medios de identificación existentes como el número DOT, los números de homologación de tipo o los números de lote internos siguen existiendo junto al nuevo código. El código de identificación ESPR es una característica complementaria que debe establecer específicamente el vínculo con el pasaporte digital, no una sustitución de las marcas anteriores en el propio neumático.

Sin fecha fija aún, pero con dirección clara

Cuándo entra en vigor concretamente la obligación de identificación para los neumáticos aún no está determinado. Según el plan de trabajo ESPR 2025-2030, se espera un acto delegado para este grupo de productos en 2027; la aplicación real vendría después, con 2029 como objetivo provisional. Mientras ese acto no se haya publicado, no hay obligación para los neumáticos de un código de identificación único en el sentido del artículo 12. Lo que sí está establecido es el marco en sí: el ESPR está en vigor desde 2024 y el artículo 12 ya establece la regla general para todos los grupos de productos que se designen posteriormente. Una vez que se publique el acto delegado para los neumáticos, con la fecha exacta y los detalles para este sector, se complementará aquí.

Así aborda usted la estructura del código en la práctica

Aunque la obligación para los neumáticos aún no está establecida, tiene sentido empezar ahora a pensar en la estructura de ese código, precisamente porque un importador o distribuidor mayorista suele tener ya parte de los datos disponibles. El orden que tiene lógica en esto es: primero hacer un inventario de los tipos de producto y modelos que podrían estar sujetos al pasaporte, e de los datos de identificación que ya llevan asociados, como código DOT, número de lote y ubicación de fabricación. Luego determinar cuál de los tres niveles del artículo 12 es relevante para su propia situación: el código del producto en sí, el código del operador económico que suministra el pasaporte, y eventualmente el código de la ubicación de producción. A continuación, es importante que este código se registre de forma que se alinee con sistemas de identificación reconocidos internacionalmente, como toma como punto de partida el artículo 12, para que el código no solo sea útil internamente sino que también pueda ser reconocido y buscado por otras partes de la cadena y por las autoridades de supervisión. Finalmente, el vínculo con el soporte de datos es el paso que lo hace práctico: el código único debe poder encontrarse en última instancia a través del código QR en o junto al producto, como prescribe el artículo 11 para el pasaporte digital de producto en su conjunto. Quien ya ahora introduce estructura en esto — por ejemplo, administrando de forma coherente los números de lote y lotes existentes — no tendrá que empezar de cero cuando se publique el acto delegado.

Dónde consta: artículo 12 y artículo 11 del ESPR

La obligación de un código de identificación único se deriva del artículo 12 del ESPR (Reglamento (UE) 2024/1781), que regula el código del producto, el operador económico y la ubicación de producción. La vinculación de ese código al pasaporte digital del producto mediante un soporte de datos físico en el producto se deriva del artículo 11 del mismo reglamento, que establece el diseño técnico y el funcionamiento del pasaporte. Ambos artículos forman conjuntamente el marco; el contenido específico del producto para bandes solo viene después con el acto delegado para este grupo de productos.

Quienes ya tienen que tratar con pasaportes de bandes, lo mejor es empezar ordenando sus propios datos de producto, lote y ubicación, y estar atento a la publicación del acto delegado para bandes para ver cuándo y cómo se completa concretamente el código de identificación para este sector.

Lo que debe hacer concretamente

Lo que se espera de usted

Cada producto recibe su propio código único

El artículo 12 de la ESPR (Reglamento (UE) 2024/1781) estipula que un producto que se encuentre bajo el ámbito de aplicación del pasaporte digital de productos debe recibir una código de identificación único. Para una banda, esto significa que habrá un código que distinga ese producto específico (o ese grupo de productos específico, en función de cómo lo especifique el acto delegado para bandas) de cualquier otro producto. Para una empresa de 10 a 100 empleados, esto significa en la práctica que la forma en que actualmente se asignan números de artículo, números de lote o SKU internos debe ser revisada: ¿se ajusta esa sistemática a lo que luego debe servir como código de identificación único, o se añade una capa aparte por encima de la numeración existente?

El código debe poder vincularse al pasaporte correcto

Un código de identificación único solo tiene valor si se refiere de manera inequívoca a un pasaporte digital de productos único. El artículo 11 de la ESPR describe los requisitos técnicos del pasaporte en sí, incluida la manera en que el portador de datos —presuntamente un código QR para las bandas— y los datos subyacentes están conectados entre sí. Para un importador o distribuidor mayorista, esto significa que la administración en la que se mantienen los datos de los productos (ERP, sistema de inventario, u otro fichero de Excel) debe ser capaz de establecer una vinculación íntegra entre el código único en el producto y el pasaporte que le corresponde. Quien ya lo haga con códigos de lote o referencias internas puede preguntarse si el pasaporte digital de productos puede vincularse al propio sistema ERP o de inventario.

El código debe permanecer consistente y trazable, incluso después de la venta

Un código de identificación único no es una etiqueta única que pierda su función después de la venta. Mientras el pasaporte deba estar disponible, el código también debe seguir siendo trazable hacia el pasaporte correcto. Esto se relaciona con la cuestión cuánto tiempo debe permanecer disponible un pasaporte de productosy con lo que sucede con esa trazabilidad cuando un importador cambia de función, se reduce un surtido, o una empresa cesa sus actividades —una cuestión que se trata por separado en la página sobre qué sucede con el pasaporte de productos si una empresa cesa.

El código debe ser compatible con los sistemas de identificación existentes

El artículo 12 deja margen para el uso de sistemas de identificación existentes, siempre que se ajusten a los requisitos. Para el sector de las bandas, es evidente que los sistemas como GS1 pueden desempeñar un papel en este sentido, ya que los distribuidores mayoristas y el comercio minorista a menudo ya los utilizan para la logística y la facturación. Una empresa que ya trabaja con numeración GS1 puede preguntarse si ese sistema puede ser reutilizado sin modificaciones, o si se necesita una capa adicional —una cuestión que se aborda en la página sobre qué es GS1 Digital Link y si es necesario para el pasaporte de productos.

Dónde las cosas salen mal en la práctica

Un código para toda una línea de productos, en lugar de por variante. Un importador asigna un código de artículo único a un modelo de banda, mientras que bajo esa denominación se venden múltiples tamaños, índices de carga y categorías de velocidad. Tan pronto como el código de identificación único debe asignarse por producto sujeto a pasaporte, surge la confusión sobre qué código corresponde a qué banda física.

Confusión entre el tamaño de la banda y el código de identificación. Algunas empresas aún asumen que el tamaño de la banda en sí es ya suficientemente distintivo para servir como identificación. Sin embargo, el tamaño y el código de identificación no son automáticamente el mismo concepto, y la diferencia entre ellos se explica en la página sobre cómo se relaciona el tamaño de la banda con el código de identificación único.

Números de lote que no coinciden con el pasaporte. Los procesos de fabricación a menudo ya asignan un código de lote o de producción, independientemente de cualquier consideración sobre un pasaporte digital. Cuando ese código de lote posteriormente debe servir como código de identificación único, resulta que con frecuencia el mismo código ha sido asignado accidentalmente a múltiples lotes, o que su registro no está completo.

Reutilización de datos sin pensar en el código. Un fabricante desea utilizar los mismos datos técnicos para una serie de tamaños de neumáticos comparables del mismo modelo con fines de eficiencia. Esto puede ser un enfoque viable para el contenido del pasaporte, pero el código de identificación único debe ser correcto para cada producto o grupo de productos. Esta consideración se explica con más detalle en la página sobre si se pueden utilizar los mismos datos para varios tamaños de neumáticos del mismo modelo.

Sin conexión entre el código QR y la identificación subyacente. Se coloca un código QR en el neumático, pero el vínculo entre ese código y el código de identificación único en los sistemas subyacentes no está bien establecido. En una inspección o en una reclamación de un gestor de flotas de vehículos, resulta que nadie puede reconstruir qué pasaporte correspondía a qué neumático físico. Cómo llega ese código QR al producto se describe en la página sobre cómo se coloca el código QR del pasaporte del producto en los neumáticos.

Lo que puede registrar

  • Un resumen del sistema de numeración interno (código de artículo, código de lote, número GS1) que sirve como base para el código de identificación único por tipo de neumático.
  • Un documento en el que se establezca la relación entre el código de identificación único y las designaciones de tamaño de neumático existentes, para evitar confusiones entre estos dos conceptos.
  • Un registro de qué grupos de productos o variantes comparten datos y sobre qué consideración se basa esa decisión.
  • Una descripción técnica del vínculo entre el soporte de datos en el producto y el código de identificación subyacente en su propio sistema o paquete ERP.
  • Una nota sobre los acuerdos con proveedores o fabricantes sobre quién asigna el código de identificación único y en qué momento del proceso de producción ocurre.
  • Un resumen de cómo se proporciona o se registra el código de identificación en el registro europeo de pasaportes digitales de productos, una vez que sea aplicable.

Esto no es asesoramiento legal. Esta página proporciona información general sobre la normativa de la que trata esta plataforma. No conocemos su situación. En caso de duda sobre su caso, consulte a un abogado o a la autoridad supervisora competente.

Escrito con IA sobre la base de las fuentes anteriores, revisado por una persona en 2026-08-22. ¿Hay algo que no sea correcto? Háganoslo saber — las correcciones tienen prioridad.