¿Qué puedo hacer ahora mientras las normas aún no son definitivas?
Empezar ahora ya resulta provechoso, incluso sin fecha definitiva
Ya puede comenzar a organizar los datos que posteriormente deberán figurar en un pasaporte digital de producto, aunque la obligación precisa para neumáticos aún no esté confirmada. El ESPR (Reglamento (UE) 2024/1781) ya establece las normas generales para el pasaporte de producto y describe en el artículo 18 cómo la Comisión Europea prioriza grupos de productos y elabora un plan de trabajo. Los neumáticos están en el radar de ese plan de trabajo. Esperar a que esté disponible la acción delegada significa que posteriormente tendrá que reunir datos con efectos retroactivos que a veces ya no existen — un proveedor que ya no existe, una composición que no fue registrada, un informe de ensayo que se ha extraviado. Organizar ahora es por lo tanto no una anticipación de una obligación, sino una manera de no verse presionado por el tiempo más adelante.
Para quién es relevante este trabajo ahora y para quién no
Esto es especialmente relevante para importadores de neumáticos, distribuidores mayoristas y gestores de flotas que ponen neumáticos en el mercado europeo o gestionan grandes volúmenes y dependen de datos de fabricantes u otros actores de la cadena. Para estos actores, la necesidad de información seguirá siendo en gran medida la misma, independientemente de la fecha precisa de entrada en vigor: composición de materiales, origen, resultados de ensayos, información sobre reparación y reciclaje. Esto no es relevante para quien compra neumáticos únicamente como usuario final sin comercializarlos posteriormente en la cadena — no hay ningún papel en la compilación de un pasaporte. Además: mientras no se publique una acción delegada para neumáticos, no existe ninguna obligación legal concreta de un pasaporte. Lo que sí existe es la obligación general de información entre actores de la cadena de suministro que describe el artículo 38 del ESPR, y que es independiente de la cuestión de si los neumáticos ya han sido designados específicamente.
La fecha aún no está fijada, esto sí está fijado
No hay aún una fecha fija en la que el pasaporte digital de producto para neumáticos sea obligatorio. Lo que sí está fijado: la Comisión trabaja según un plan de trabajo para el período 2025-2030, y la acción delegada que establecerá los requisitos específicos para neumáticos está prevista en 2027. Tan pronto como se publique esa acción, la fecha precisa y el contenido de la obligación aparecerán aquí en esta página. Hasta entonces se aplica el marco general del ESPR: la competencia de la Comisión para designar y priorizar grupos de productos (artículo 18), y la obligación de los actores de la cadena de suministro de compartir información relevante entre sí (artículo 38). Por lo tanto, no hay un vacío legal, pero tampoco hay aún una obligación específica del producto para neumáticos. Ambas cosas son simultáneamente ciertas, y es precisamente por eso que prepararse ahora es útil sin que ya esté en marcha un reloj.
Qué puede hacer ahora, en el orden que funciona
Comience a identificar qué datos ya posee y cuáles le faltan: composición de materiales, origen de materias primas, resultados de ensayos, información de reparación o recarga, y datos sobre reciclabilidad. A continuación, verifique quién en su cadena posee realmente esa información — a menudo es el fabricante, pero en la importación a través de múltiples eslabones ese conocimiento puede estar disperso. Establezca acuerdos sobre el intercambio de esos datos, aunque aún no exista una obligación legal para ello; eso ahorrará búsquedas una vez que la obligación exista. A continuación, elija una manera de almacenar estos datos de forma estructurada, preferiblemente en una forma que pueda convertirse posteriormente en un pasaporte digital — un archivo Excel suelto por producto funciona ahora, pero no es escalable. Finalmente: manténgase atento al plan de trabajo de la Comisión, para saber cuándo se designan formalmente los neumáticos y qué requisitos conllevan. Quien siga estos pasos en este orden no tendrá que empezar de cero cuando se publique la acción delegada.
La base legal: artículo 18 y artículo 38 del ESPR
Este enfoque se deriva directamente de la ESPR (Reglamento (UE) 2024/1781). El artículo 18 describe cómo la Comisión prioriza los grupos de productos y establece un plan de trabajo para el período en el que se preparan los actos delegados — esto es la base de que los neumáticos estén en la agenda, pero aún no hayan sido designados formalmente. El artículo 38 establece qué obligaciones de información se aplican entre los actores de la cadena de suministro, independientemente de si un grupo de productos ya ha sido desarrollado específicamente. En conjunto, estos artículos son la razón por la que ya existe un marco dentro del cual trabajar, mientras que los detalles específicos del producto para los neumáticos aún deben derivarse de un acto delegado separado.
Lo que puede hacer hoy es, por lo tanto, no esperar a ese acto delegado sino poner en orden la gestión de sus propios datos: saber qué tiene, saber qué le falta, y hacer acuerdos con los eslabones de su cadena que proporcionan esa información. Tan pronto como se publique el acto delegado para neumáticos, actualizaremos inmediatamente la fecha y el contenido de la obligación aquí.
En qué se basa
- Reglamento (UE) 2024/1781 (ESPR), artículo 18 (priorización y planificación)
- Reglamento (UE) 2024/1781 (ESPR), artículo 38 (requisitos para los actores en la cadena de suministro)
El reglamento en sí está disponible en EUR-Lex. Nos referimos a cada afirmación; no tiene que creernos.
Lo que debe hacer concretamente
Lo que se espera de usted
La acción delegada para neumáticos aún no existe, pero el ESPR (Reglamento (UE) 2024/1781) en sí ya está vigente e indica cómo la Comisión prioriza y prepara grupos de productos. Esto no significa que una empresa de neumáticos deba cumplir ahora requisitos concretos de pasaporte, pero sí que la dirección está establecida. Hay un par de cosas que pueden hacerse de forma práctica mientras tanto.
Obtener visibilidad de la propia cadena de datos
El artículo 18 del ESPR (priorización y planificación) muestra que la Comisión trabaja con un plan de trabajo en el que los grupos de productos se desarrollan sucesivamente, sobre la base del impacto ambiental y el volumen de mercado. Para los neumáticos, ya existe una expectativa dentro de ese plan de trabajo. En la práctica, para una empresa de 10 a 100 empleados, esto significa que es útil cartografiar ahora qué datos sobre un neumático están realmente disponibles: composición de materiales, origen, resultados de pruebas, fecha de producción. No porque sea obligatorio ahora, sino porque esos datos formarán la base del pasaporte y averiguarlo lleva tiempo.
Saber quién en la cadena suministra qué
El artículo 38 del ESPR (requisitos para los operadores en la cadena de suministro) describe que los actores en la cadena (fabricante, importador, distribuidor) adquieren un papel en el mantenimiento de la disponibilidad de información sobre productos. Para un importador o mayorista, esto significa que es útil inventariar ahora qué proveedor puede suministrar qué datos y qué proveedores aún no están preparados para ello. No es una obligación jurídica hoy, pero sí una preparación práctica para el momento en que la obligación exista.
Asignar responsabilidad interna
Aún no existe una obligación legal de designar a una persona responsable dentro de la empresa, pero la experiencia con otros procesos de cumplimiento de normativas CE enseña que las empresas que no asignan este tema específicamente a nadie, lo abordan solo cuando el plazo ya está cerca. Para una empresa de este tamaño, es prácticamente factible asignar a una persona (a menudo alguien de calidad, compras o cumplimiento) la tarea de seguir los desarrollos y coordinar la preparación interna.
Inventariar los procesos existentes
Quién quiera ir un paso más allá ahora, puede ver cómo se alineará el pasaporte de productos con los procesos comerciales existentes: gestión de inventario, compras, tramitación de reclamaciones. ¿Cómo abordo el pasaporte de producto de neumáticos paso a paso? proporciona una descripción general del orden en que debe abordarse, para que la preparación no quede estancada en una intención vaga.
Dónde las cosas salen mal en la práctica
Una serie de situaciones se repiten regularmente en la práctica en empresas que se preparan para normativas que aún no son definitivas.
Esperar a que se establezca la fecha. Las empresas posponen toda preparación hasta que se publica la acción delegada, y luego descubren que la recopilación de datos históricos de productos lleva más tiempo del esperado, porque los proveedores ya no tienen esos datos disponibles.
Sin punto de contacto con el proveedor. Un importador solicita datos a un fabricante en el extranjero, pero no hay un contacto fijo que sepa qué información será relevante. Esto genera retrasos en cuanto la solicitud se vuelve concreta.
Suposiciones sobre lo que ya es obligatorio. Algunas empresas creen que el artículo 38 del ESPR ya implica una obligación directa de suministro de datos de pasaporte, y lo comunican así a los clientes. Esto es prematuro mientras la acción delegada para neumáticos no exista.
Sin distinción entre existencias actuales y futuras. El inventario que ya está en el almacén plantea preguntas sobre qué debe hacerse con él. Este tema se trata por separado en ¿Qué hago con las existencias de neumáticos que ya tengo cuando entren en vigor las normas?y es prudente no confundir esa pregunta con la de qué hay que hacer hoy.
Cierre prematuro de la elección de plataforma. Alguna empresa elige ahora de forma definitiva una solución informática sin comprobar si esa solución puede adaptarse a una acción que aún no se ha publicado. Esto es un riesgo, porque los requisitos de datos exactos aún pueden cambiar. Al elegir, se recomienda prestar atención a la flexibilidad; ¿Qué debo tener en cuenta al elegir una plataforma para el pasaporte de producto profundiza en ello.
Lo que puede registrar
Incluso sin normas definitivas, es posible establecer desde ahora una serie de cuestiones por escrito, de modo que la aplicación efectiva lleve menos tiempo posteriormente.
- Un inventario de las propias líneas de productos y qué datos sobre ellos ya están disponibles (material, origen, certificados de prueba).
- Una lista de proveedores e importadores con un contacto para el intercambio de datos, incluidos acuerdos sobre qué información será necesaria a largo plazo.
- Una nota interna sobre quién en la empresa sigue los desarrollos relacionados con el ESPR y cuándo se reevaluará.
- Una estimación inicial de los costes que pueden derivarse de la aplicación, como base para la presupuestación; una orientación al respecto se encuentra en ¿Cuánto cuesta un pasaporte de producto de neumáticos?.
- Acuerdos sobre si y cómo varios establecimientos utilizarán en lo sucesivo los mismos datos del pasaporte, lo que ahora puede documentarse a través de ¿Pueden varias sucursales de mi empresa gestionar el mismo pasaporte de producto.
- Un archivo propio o copia de seguridad de los datos de productos que ya se están recopilando, independientemente de qué plataforma se elija después; véase también ¿Debo conservar una copia de los datos que figuran en el pasaporte de producto.
Esta preparación requiere poco tiempo, pero ahorra tiempo cuando la norma de aplicación para neumáticos se haya publicado y las obligaciones reales se concreten.
Esto no es asesoramiento legal. Esta página proporciona información general sobre la normativa de la que trata esta plataforma. No conocemos su situación. En caso de duda sobre su caso, consulte a un abogado o a la autoridad supervisora competente.
Escrito con IA sobre la base de las fuentes anteriores, revisado por una persona en 2026-08-22. ¿Hay algo que no sea correcto? Háganoslo saber — las correcciones tienen prioridad.